Con el fin de reglamentar la Ley Nº 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios crean Comisión Multisectorial de Naturaleza Temporal. Dicha Comisión estará conformada por representantes del ejecutivo, 15 representantes de las diferentes carteras ministeriales y 6 representantes titulares y alternos de las organizaciones de los pueblos indígenas. Las funciones que desarrollara la Comisión Multisectorial son la de estudiar, analizar, elaborar y proponer el proyecto de reglamento de la ley 29785, ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios. Finalmente la Comisión Multisectorial nombrada presentará a la PCM un informe sobre el trabajo realizado así como el proyecto de reglamento de la ley Nº 29785 dentro del plazo de 60 días hábiles calendarios contados a partir de su instalación, culminando sus funciones en dicho plazo.
Resolución Suprema Nº 337-2011-PCM; Crea Comisión Multisectorial de naturaleza temporal con el objeto de emitir un informe a través del cual se proponga el proyecto del reglamento de la ley de Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios.
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