La Congresista Verónika Mendoza sustentó ante la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, el Proyecto de Ley N° 180/2011-CR, de su autoría, mediante el cual se transfiere las funciones de evaluación y fiscalización ambiental de las entidades del gobierno nacional al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) del Ministerio del Ambiente.
Durante su sustentación la Congresista expuso que resulta necesario transferir las funciones de evaluación y fiscalización ambiental al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Ambiente - MINAM, ya que en la actualidad –explicó– la evaluación ambiental, directamente vinculada a la aprobación de los EIA, se encuentra bajo responsabilidad de los ministerios promotores de la inversión tales como la minería (MEM), construcción (Vivienda), transporte (MTC) entre otros; estas instituciones terminan convirtiéndose en “Juez y Parte”, generando conflictos socio-ambientales como por ejemplo los casos de Tía María y Minas Conga, ocurridos recientemente, donde los EIA han evidenciado deficiencia en su aprobación, como la falta de estudios hidrogeológicos e información hídrica, además de déficit en el diagnóstico de la línea de base ambiental. Esto se debe a que las organizaciones encargadas tienen bajo su responsabilidad por una parte, promover la inversión y por otra realizar la evaluación ambiental para autorizar dicha inversión. Asimismo, el proyecto regula la transferencia de funciones de fiscalización que realizaba el OSINERGMIN (organismo regulador adscrito a la PCM) y que fueron trasferidas al OEFA a través de un Decreto Supremo, proceso que debe ser regulado a través de una ley.
Es así que los organismos terminan trabajando de manera aislada y desarticulada, por lo que resulta necesario potenciar la política ambiental en una sola entidad rectora como el MINAM, enfatizó la Congresista.
El proyecto propone modificar la Primera Disposición Complementaria Final, la Primera Disposición Complementaria Transitoria y los artículos 11° y 12° de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (SINEFA) o Ley N° 29325 creada en marzo del 2009. Esto implica evidentemente sustituir a los sectores competentes de la evaluación ambiental por el OEFA en la Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA, Ley N° 27446), cuyo reglamento, se dio recién en setiembre del 2009, a fin de que tenga compatibilidad con el presente proyecto de ley.
Fiscalización:
En otro momento de la sesión, la Congresista requirió la presencia ante la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos; Ambiente y Ecología, de las autoridades del OSINERGMIN, la ANA, el OEFA, además de los representantes legales de la empresa minera Xstrata Tintaya, el Alcade de Espinar y representantes de las Comunidades Campesinas de la cuenca del río Canipia (Quetara, Huisa Ccollana y Tintaya Marquiri) cercanas al nuevo proyecto Antapaccay, con el propósito de tratar sobre las filtraciones que se estarían produciendo desde el depósito de relaves de Winipampa del proyecto Tintaya hacia la zona de pastos y ganado de estas comunidades, y respecto a la posible contaminación y reducción del caudal del agua para uso agrario y doméstico de dichas comunidades y la construcción de un dique sobre el río Canipia.
En su reciente visita de representación la Congresista, visitó la comunidad de Quetara y puedo constatar el deteriorado estado de los campos, filtraciones de componentes químicos, un pozo de agua visiblemente contaminada y con mucha sorpresa la construcción de un dique de contención sobe el río Canipia, lo que ha generado la baja del caudal dejándolo con muy poco nivel de agua, lo cual ha generado un difícil accedo a este recurso por parte de las comunidades que ahí residen.
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